OJO : SENTENCIA DEL TS DE 13 DE JUNIO . EXTINCIÓN DE AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA TEMPORAL CUANDO SE CONSTATE LA DESAPARICIÓN DE CIRCUNSTANCIAS QUE SIRVIERON PARA SU CONCESIÓN
20 julio 2019
Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 3ª. Sección 5ª) de 13 de junio de 2019. Interpretación de los arts. 162.2.b) y 71 del RD 557/2011. Sentencia interés casacional (a instancia de la Abogacía del Estado en Bizkaia) sobre criterio interpretativo del art. 162.2 y 71.2 del RD 557/2011, facultando a la administración a extinguir autorizaciones de residencia temporal y/o trabajo (incluidas las extraordinarias) cuando constate la desaparición de circunstancias que sirvieron para su concesión, sin ser de aplicación el artículo 71.2 del reglamento de extranjería. Extinción de la autorización temporal de residencia y trabajo por razones extraordinarias de arraigo. La Administración decretará la extinción de las autorizaciones de residencia temporal o de residencia temporal y trabajo, incluidas las extraordinarias, cuando constate que han desaparecido las circunstancias que sirvieron de base para su concesión, siempre que no se hubieran extinguido "ope legis" por cualquiera de las circunstancias legalmente previstas.