Sentencia del Juzgado Contencioso-administrativo núm. 2 de Santa Cruz de Tenerife de 18 de mayo de 2017.
Artículo 57.2 LOEx y 12.1 Directiva 2003/109/CE.
La resolución administrativa se limita a dar cuenta de la existencia de una condena de seis meses de prisión impuesta por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Córdoba y de los antecedentes penales y policiales, sin que se efectúe ese análisis de las circunstancias del sujeto para poder determinar si éste constituye una verdadera para el orden público o la seguridad pública, a pesar de que a fecha de la resolución administrativa es titular de un permiso de residencia de larga duración, procede la estimación del recurso.
Nuestra felicitación a nuestra compañera letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, Hesna Addat Asouab
FUENTE : MIGRARCONDERECHOS