Id Cendoj: 07040330012015100521
Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
Sede: Palma de Mallorca
Sección: 1
Nº de Recurso: 236/2015
Nº de Resolución: 530/2015
Procedimiento: Recurso de Apelación
Ponente: PABLO DELFONT MAZA
Tipo de Resolución: Sentencia
Como es sabido, el principio de primacía de la normativa comunitaria supone que no cabe oponer a la jurisprudencia comunitaria la prevalencia de normativa interna ni de jurisprudencia consolidada. Y de ahí deriva también, primero, que la Administración deberá aplicar en adelante, y en todo caso, la sanción de expulsión en vez de la multa cuando se declare la permanencia ilegal; y, segundo, que la Sala deberá igualmente aplicar este criterio comunitario y considerar la expulsión como la medida ajustada, ordenada y procedente frente a la permanencia ilegal.
Por lo tanto, no habiendo llegado antes a la conclusión de que la sanción de expulsión sobre la que versa este contencioso no podía ser cambiada por una multa, ha de llegarse a esa conclusión ahora, en concreto a la vista de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 23 de abril de 2015 y por aplicación de los principios de primacía de la normativa comunitaria y de interpretación conforme al Derecho comunitario de la normativa interna, habiéndolo señalado ya la Sala con anterioridad desde la sentencia nº 414/2015 -ROJ: STSJ BAL 556/2015 : ECLI:ES:TSJBAL:2015:556-.