Roj: STSJ MU 690/2015 – ECLI:ES:TSJMU:2015:690
Id Cendoj: 30030330012015100225
Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
Sede: Murcia
Sección: 1
Nº de Recurso: 2/2015
Nº de Resolución: 246/2015
Procedimiento: Recurso de Apelación
Ponente: MARIA CONSUELO URIS LLORET
Tipo de Resolución: Sentencia
(…) Además, la denegación de la suspensión no impide que el proceso alcance en su momento su finalidad legítima (si el recurrente obtuviese una sentencia favorable ningún obstáculo existiría para que volviera a España, e incluso poder ser indemnizado). El derecho a la tutela judicial efectiva ( artículo 24.1 de la Constitución Española ) no se vulnera por denegar la suspensión de la orden de expulsión, pues como señala el Tribunal Constitucional ( STC 66/1984 ) el derecho a la tutela judicial se satisface facilitando que la ejecutividad pueda ser sometida a la decisión de un Tribunal y que éste con información (y contradicción que resulte menester) resuelva sobre la suspensión