23. La Sra. H.C. Chávez-Vílchez, ciudadana venezolana, entró con un visado de turismo a los Países Bajos en 2007-2008 para visitar al Sr. Koopman, nacional neerlandés. El 30 de marzo de 2009 la pareja tuvo una hija, Angelina, a la que el Sr. Koopman reconoció y que, por tanto, posee nacionalidad neerlandesa. Los tres vivieron en Alemania hasta 2011. En junio de 2011, el Sr. Koopman instó a la Sra. Chávez-Vílchez a abandonar su domicilio con la hija de ambos. La Sra. Chávez-Vílchez y su hija abandonaron Alemania y acudieron posteriormente al centro de acogida de emergencia del municipio de Arnhem (Países Bajos), donde residieron durante cierto tiempo. La Sra. Chávez-Vílchez asume desde entonces la guarda y custodia de su hija y ha declarado que el Sr. Koopman no contribuye ni a la manutención ni a la educación de ésta.
24. La Sra. Pinas, nacional surinamesa, fue titular de un permiso de residencia desde 2004, que fue revocado en 2006. Está domiciliada en Almere (Países Bajos) y es madre de cuatro hijos. Una de ellos, Shine, nació el 23 de diciembre de 2009 de su relación con el Sr. Mawny, de nacionalidad neerlandesa. Fue reconocida por su padre y posee, por tanto, la nacionalidad neerlandesa. La Sra. Pinas y el Sr. Mawny tienen la guarda y custodia de su hija, pero viven separados y este último no contribuye a su manutención. Existe contacto entre ambos, pero no se ha pactado ningún régimen de visitas.
25. La Sra. Nikolic llegó a los Países Bajos en 2003 procedente de uno de los países de la antigua Yugoslavia. Al no poseer ningún documento de identidad, no se ha podido comprobar su nacionalidad. El órgano jurisdiccional remitente afirma que es posible que sea croata. Su solicitud de permiso de residencia fue rechazada en 2009. El 26 de enero de 2010 nació su hija Esther, fruto de su relación con el Sr. van de Pluijm, nacional neerlandés. La menor fue reconocida por el Sr. van de Pluijm y posee, por tanto, la nacionalidad neerlandesa. La Sra. Nikolic está domiciliada en Ámsterdam (Países Bajos) y posee la guarda y custodia de su hija. Ambas viven en un centro de acogida de su municipio. La Sra. Nikolic ha declarado que la convivencia con el padre de su hija es imposible dado que éste sigue un programa de vivienda asistida.
26. La Sra. García Pérez, nacional nicaragüense, llegó a los Países Bajos en 2001-2002 procedente de Costa Rica, acompañada del Sr. Schwencke, nacional neerlandés. El 9 de abril de 2008 nació una niña, Angely, fruto de la relación entre ambos. Ésta fue reconocida por el Sr. Schwencke y posee por tanto la nacionalidad neerlandesa. La Sra. García Pérez está domiciliada en Haarlem (Países Bajos) y posee la guarda y custodia de su hija. El Sr. Schwencke, cuyo lugar de residencia actual se desconoce, no contribuye a la manutención de su hija. De los datos del padrón se desprende que se trasladó a Costa Rica el 8 de julio de 2009. La Sra. García Pérez tiene un segundo hijo, cuyo padre no es el Sr. Schwencke. La familia se encuentra en un centro de acogida municipal.
27. La Sra. Uwituze, nacional ruandesa, dio a luz a una niña, Habibatou, el 12 de diciembre de 2011. El Sr. Fofana, de nacionalidad neerlandesa, reconoció a la menor, que posee por tanto la misma nacionalidad que su padre. El Sr. Fofana no contribuye ni a la manutención ni a la educación de su hija. Ha declarado no poder ni querer hacerse cargo de ella. La Sra. Uwituze está domiciliada en Bois-le-Duc (Países Bajos) y vive con su hija en un centro de acogida municipal.
28. La Sra. Wip, nacional surinamesa, dio a luz a dos hijos, Shalomie, el 25 de noviembre de 2009, y Joe, el 23 de noviembre de 2012. Tanto su padre, el Sr. Panka, como los dos menores poseen la nacionalidad neerlandesa. A pesar de que la relación de pareja finalizó, el Sr. Panka mantiene contacto con sus hijos varias veces a la semana. Recibe una prestación de asistencia social y un subsidio familiar. El subsidio familiar lo transfiere a la Sra. Wip, pero no contribuye de ninguna otra forma a la manutención de los menores. La Sra. Wip está domiciliada en Ámsterdam.
29. La Sra. Enowassam, nacional camerunesa, llegó a los Países Bajos en 1999. Su hija Philomena nació el 2 de mayo de 2008 fruto de su relación con el Sr. Arrey, de nacionalidad neerlandesa. El Sr. Arrey reconoció a Philomena, que posee por lo tanto la nacionalidad neerlandesa. Aunque viven separados, la Sra. Enowassam y el Sr. Arrey poseen la guarda y custodia compartida de su hija. Philomena está empadronada en el domicilio del Sr. Arrey, pero reside en realidad con su madre, domiciliada en La Haya (Países Bajos). Están alojadas en un centro de acogida de emergencia del municipio de La Haya. Se ha establecido un régimen de visitas entre el Sr. Arrey y su hija. Ésta reside en casa de su padre tres fines de semana al mes y, a veces, también pasa las vacaciones con él. El Sr. Arrey abona 200 euros al mes en concepto de pensión alimenticia. También percibe un subsidio familiar que transfiere a la Sra. Enowassam. El Sr. Arrey declara no poder hacerse cargo de su hija porque trabaja a jornada completa.
30. La Sra. Guerrero Chávez, nacional venezolana, llegó a los Países Bajos el 24 de octubre de 2007 y, posteriormente, volvió a Venezuela el 2 de noviembre de 2009. Regresó a los Países Bajos en enero de 2011 y actualmente está domiciliada en Schiedam (Países Bajos). El 31 de marzo de 2011 nació Salamo, fruto de su relación con el Sr. Maas, nacional neerlandés. El Sr. Maas reconoció al menor, que posee por tanto la nacionalidad neerlandesa. El Sr. Maas y la Sra. Guerrero Chávez ya no mantienen una relación y viven separados, pero la Sra. Guerrero Chávez y su hijo viven en el domicilio del padrastro y el hermano del Sr. Maas. El Sr. Maas mantiene un contacto casi diario con el menor, pero no está dispuesto a hacerse cargo de él y contribuye a los gastos de forma limitada. La Sra. Guerrero Chávez se ocupa diariamente de su hijo, cuya guarda y custodia asume
V. Conclusión
114. A la vista de las consideraciones que preceden, propongo al Tribunal de Justicia que responda a las cuestiones planteadas por el Centrale Raad van Beroep (Tribunal central de apelación, Países Bajos) de la siguiente manera: