DECENAS DE AUTOS DE LA AUDIENCIA NACIONAL ESTIMANDO LA MEDIDA CAUTELAR DE NO DEVOLUCIÓN PARA LAS LOS VENEZOLANOS/AS QUE SE LES HAN DENEGADO LA CONDICIÓN DE REFUGIADO .
30 noviembre 2018
Nº de Resolución: 491/2018 –
Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso –
Municipio: Madrid –
Ponente: CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA –
Nº Recurso: 905/2017 –
Fecha: 14/11/2018 –
Tipo Resolución: Auto
SEGUNDO.- El recurrente es nacional de VENEZUELA. Pues bien, la Sala tiene conocimiento de que ACNUR, dada la evolución de la situación en Venezuela, recomienda a las autoridades españolas, desde mayo de 2017, la no devolución, literalmente se habla de " algún tipo de protección internacional" y de garantizar la " no devolución a Venezuela". Por ello, realizada la correspondiente ponderación de intereses y sin perjuicio de la decisión que en su día adoptemos al analizar el fondo del asunto, la Sala considera que procede adoptar la medida cautelar de no devolución durante la sustanciación del presente recurso.
No procede imponer las costas al solicitante de la medida – art 139 LJCA-.