EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID ENTIENDE COMO HECHO DESFAVORABLE Y MERECEDOR DE LA EXPULSIÓN Y NO MULTA , LA NO EXHIBICIÓN DEL PASAPORTE Y LA DECLARACIÓN DE ENTRADA EN ESPAÑA , CUANDO SE INICIA EXPEDIENTE SANCIONADOR .
13 febrero 2014
STSJ MADRID DE 22 DE ENERO DE 2014
(…) "…Así las cosas, aunque la recurrente haya acreditado en vía jurisdiccional que estaba debidamente documentada, se siguen sin justificar las circunstancias de su entrada en España, dado que, como se ha dicho, no observó la obligación reglamentaria de efectuar la declaración correspondiente, y que tampoco formuló nunca alegaciones razonables al respecto a fin de justificar el indicado incumplimiento, por lo que se ha de concluir que la sentencia de instancia se ajustó a Derecho al desestimar el recurso contencioso administrativo, resultando también procedente la desestimación del presente recurso de apelación al no haberse desvirtuado en esta instancia los fundamentos de la sentencia impugnada.