Instrucción de 5 de julio de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre determinados aspectos del plan intensivo de tramitación de los expedientes de adquisición de la nacionalidad española por residencia.
Instruciones sobre adquisicion nacionalidad: tras la jura de notarios
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2. Los Notarios, tras la recepción de la declaración de Jura o Promesa por el promotor, y de las manifestaciones sobre renuncia a la nacionalidad anterior, vecindad civil y adaptación del nombre y apellidos, en su caso, levantan Acta de todo ello conforme al artículo 208 del Reglamento Notarial, haciendo constar los datos que se indican en el anexo I de la presente Instrucción, formando un documento electrónico en el que se recogen, tanto los datos estructurados como una copia electrónica del acta –expedida de conformidad con el artículo 17 bis.3 de la Ley del Notariado–, todo ello autorizado con su certificado de firma electrónica reconocida. El Notario garantiza, bajo su responsabilidad, la plena coincidencia y exactitud entre los datos estructurados remitidos y los contenidos en el Acta autorizada
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4. Dichas actas y los datos correspondientes se almacenan dentro del expediente electrónico correspondiente y se remiten telemáticamente a la Dirección General de los Registros y del Notariado, para su remisión por la misma a la aplicación INFOREG, vía web services. Desde dicha aplicación, en cada caso se remite a la bandeja de entrada en INFOREG del Registro Civil competente en el que hayan de practicarse las inscripciones de nacimiento, en su caso, y las marginales de nacionalidad.
5. Los Registros Civiles recibirán, a través de la bandeja de entrada de la aplicación INFOREG, las Actas de Juramento o Promesa con los datos de preinscripción precisos para la práctica de las inscripciones de nacimiento, en su caso, y las marginales de nacionalidad.
6. La aplicación INFOREG, una vez practicadas las citadas inscripciones y notas marginales, remitirá de forma automatizada una certificación de nacimiento y nacionalidad, al objeto de ponerla a disposición del promotor del expediente para gestionar la expedición de DNI y Pasaporte españoles. Dicha remisión se realizará a la dirección de correo electrónico que, en su caso, haya sido facilitada por el promotor en el Acta notarial de Juramento o Promesa. En todo caso, la certificación estará disponible para su consulta y descarga en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia en el servicio «¿Cómo va lo mío?» y en el de Consulta Telemática de expedientes de nacionalidad española por residencia mediante Código Seguro de Verificación en la dirección siguiente: https://sede.mjusticia.gob.es/eConsultas/VerifNacionalidad.do