A raÃz de las últimas informaciones surgidas relativas la posibilidad de volver a presentar una solicitud de arraigo familiar en aquellos casos en los que la solicitud de modificación se hubiera resuelto desfavorablemente, o cuando se hubiera pasado el plazo para solicitar la modificación, la comisión de extranjerÃa trasladó consulta a la Oficina de extranjerÃa.Seguidamente os facilitamos la respuesta:El arraigo familiar es un tipo de autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Las circunstancias excepcionales, ya se apreciaron en su dÃa en la autorización que le fue concedida. Sin embargo, si ya se hubiera presentado la correspondiente solicitud de modificación y esta no se hubiera resuelto favorablemente, o ya no estuviera en plazo para modificar la autorización, se podrá solicitar una nueva residencia de arraigo familiar siempre que, además de la documentación señalada en la hoja informativa correspondiente, se aporte al expediente informe favorable sobre esfuerzo de integración expedido por la Generalitat de Cataluña.Un cordial saludo,COMISIÓN DE EXTRANJERÃA
LA OFICINA DE EXTRANJEROS DE BARCELONA PERMITE PRESENTAR NUEVAS AUTORIZACIONES DE ARRAIGO FAMILIAR , SIEMPRE QUE SE APORTE INFORME DE ESFUERZO DE INTEGRACIÓN.
16 marzo 2014