Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales en el título VII, con la rúbrica «Parejas de hecho», se procede a la modificación de distintos preceptos de la Ley 5/2003, de 6 de marzo, para la regulación de las parejas de hecho en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Se modifica la Ley 5/2003, de 6 de marzo, para la regulación de las parejas de hecho en la Comunidad Autónoma de Canarias, en los siguientes términos:
Uno. El apartado 1 b) del artículo 2 queda redactado como sigue:
«b) Las personas ligadas por el vínculo del matrimonio.»
Dos. El apartado 2, del artículo 2 queda redactado como sigue:
«2. Los dos miembros de la pareja de hecho han de estar empadronados en alguno de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias y tener residencia legal en España.»
(…)