Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso Municipio: Madrid — Sección: 3 Nº Recurso: 2019/2013 — Fecha: 11/12/2014 Tipo Resolución: Sentencia Resumen: NACIONALIDAD ESPAÑOLA INTEGRACION INSTITUCIONES CUESTIONARIO ESCRITO QUE RELLENA EL ACTOR AL CONFIRMARSE ESTE MOTIVO NO SE ENTRA A VALORAR OTROS MOTIVOS DE DENEGACIÓN |
Nacional de MARRUECOS, pese a no tener problemas idiomáticos a nivel de comprensión y expresión oral del castellano, ni a nivel de lectura y escritura (cumplimenta de su puño y letra el cuestionario), manifiesta un desconocimiento, al nivel más básico, de nuestro país, de las instituciones y del sistema político pese a que inició su residencia legal en marzo de 2000 (cuando fue entrevistado llevaba al menos 12 años en España ya que en la entrevista asumió venir permaneciendo en España desde septiembre
de 1999) y pese a su edad (varón nacido en 1973, no podemos hablar de una persona de la tercera edad), circunstancias, todas ellas, que hay que presumir que impulsan la implicación en la sociedad en la que se vive y a un conocimiento de la misma.
Además, al margen del nivel cultural de partida y de la forma de estructurarse el examen (por escrito sobre un cuestionario que fue leído y cumplimentado por el actor), el examen al que fue sometido fue de lo más básico, al alcance de cualquiera que se implique en el país aunque solo sea por las noticias de los medios de comunicación y su resultado fue significativo en el desconocimiento institucional, político, geográfico y cultural, al margen de particularizados aciertos. Ello llevo al Encargado a la conclusión de que " no queda acreditado que haya conseguido el nivel de integración deseable….ya que no conoce los principios constitucionales de España, no conoce le sistema electoral y político, no conoce la organización territorial y gubernamental básica, ni sus organismos administrativos elementales, ni tampoco las fiestas nacionales más señaladas" , emitiendo un informe desfavorable. Señalaremos que no solo demostró un desconocimiento básico sino también una falta de aceptación de valores comunes propios del marco normativo en nuestro país llegando a negar que hombres y mujeres tengan los mismos derechos o él qué se puedan casar dos personas del mismo sexo
FUENTE: CENDOJ