Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
Municipio: Madrid — Sección: 3
Nº Recurso: 1465/2013 — Fecha: 04/12/2014
Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Requisitos para adquirir la nacionaldad: Integración (articulo 22.4 CC).Entrevista. Motivación. Aspectos básicos, falta de interés por la sociedad
SEXTO.- No puede desconocerse que el acta de comparecencia forma parte del expediente, y coadyuva a dar razón a la decisión, y así en la misma se hace constar que el interesado reside en España desde 1999, que está casado y tiene tres hijos y esposa, con los que vive; que ha residido en Sant Martín de Centelles y en Figaró, que no trabaja desde hace seis meses, que entiende y habla castellano, pero no entiende ni habla catalán. "Manifiesta estar integrado, pero desconoce la estructura política a nivel español y catalán, desconoce los principales personajes y partidos políticos. No sigue la actualidad de las noticias nacionales e internacionales. En su tiempo libre le gusta estar en casa con la familia. Manifiesta que la forma de vida es muy diferente a la de su país, destacando la seguridad económica que le ofrece el país."
El resultado que refleja el acta es elocuente, y resulta ser aceptado por la demandante (a pesar de no constar con las preguntas como hubiera sido deseable), en tanto que vienen a poner de manifiesto una ausencia de aceptación y compromiso con la cultura y valores de la sociedad.
Frente a tal evidencia, el interesado no ha aportado ninguna prueba, como le correspondía ( artículo 22.4 Código Civil ), con entidad para devaluar la apreciación reseñada. Consta en el expediente el Informe de la Dirección General del Guardia Civil y de la Policía de 20 de diciembre de 2012, en el que se expresa que el peticionario reside legalmente en España desde el 7 de abril de 2000, y que cuenta con tarjeta de residencia permanente desde el 4 de abril de 2006 (vigencia indefinida); obra certificado de empadronamiento
del peticionario y su familia en Sant Martí de Centelles, copia de la presentación de su declaración de la renta y certificado de la percepción del subsidio por desempleo.
Por lo demás no contamos con otros datos que puedan arroja un resultado distintos acerca de la integración, cuando lo cierto es que estaba en su mano aportar las pruebas justificativas su adaptación al estilo y modo de vida de nuestra sociedad ( Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia de 26 Febrero 2013, rec. 558/2011 ). No consta un solo elemento de carácter positivo que evidencie que conoce la cultura e instituciones básicas de la sociedad en la que afirma pretende integrarse.
Por el contrario, las propias alegaciones del interesado ponen de manifiesto que efectivamente desconoce esos aspectos básicos, y que carece de todo interés en ellos. No se entiende que tras un prolongado espacio de tiempo en España (más de diez años) no pueda relacionar y contestar a preguntas acerca de los principales personajes y partidos políticos, o que afirme que no sigue la actualidad de las noticias nacionales e internacionales.
La Sala viene recordando que esa ignorancia de aspectos básicos "resulta difícilmente explicable en una persona que pretende ser miembro de una comunidad nacional de la que desconoce casi todo y cuya realidad y cultura le resultan tan ajenas" y que "no se trata de un problema de nivel cultural del interesado, sino de inmersión en la realidad de la comunidad nacional de la que se pretende formar parte" ( SAN, Contencioso,Sección 3, de 22 de julio de 2014, Recurso: 1191/2013 ). Por lo tanto, el recurso debe desestimarse