Roj: SAN 2541/2025 – ECLI:ES:AN:2025:2541
Fecha:06/06/2025
N.º de Recurso:1635/2023
Ponente: ANA MARIA SANGÜESA CABEZUDO
3.- Posteriormente, con fecha 5 de septiembre de 2023 se le notifica la denegación de la renovación de la autorización de residencia por razones de protección internacional con carácter humanitario, en base a lo siguiente: «Denegar la renovación de autorización de residencia en España por razones de protección internacional de carácter humanitario a Apolonio al ser notificada por el Cuerpo Nacional de la Policía una reseña de la persona solicitante, sin perjuicio de que, en su caso, pueda continuar la residencia en España en el marco de lo dispuesto en la legislación de extranjería».
TERCERO.- Resolución del recurso.
1.- El único motivo por el que la petición de renovación ha sido denegada es la presencia de una reseña policial, resultando del expediente que se incorporó copia la reseña policial por mal trato (violencia de género, atestado Policía Nacional NUM003 de 27/3/2023).
2.- Sin embargo, el demandante ha justificado que en las diligencias penales que se seguían contra él se pronunció sentencia absolutoria; Aportó copia del Decreto de 15/5/2023 del Juzgado de lo Penal nº3 de Alicante, JO 106/2023, que acredita que con fecha 13/4/2023 se dictó sentencia absolutoria, y certificado de 10/10/2023 que refiere que tal sentencia se dictó como consecuencia del atestado de la Policía Nacional NUM003 – doc 1 y 2 del escrito de interposición del recurso y doc. 1 de la demanda-.
3.- Así mismo consta que canceló la reseña de antecedentes policiales con fecha 30/11/2023 (véase certificado policial – doc.2 de la demanda-), de modo que si la única razón por la que se denegó la renovación era la tacha derivada de la reseña policial, hemos de concluir que a la vista de las circunstancias del caso es procedente la renovación, y la consiguiente nulidad del acto impugnado puesto que el óbice que impidió la
renovación se desvanece como consecuencia de la falta de condena penal.
4.- En este mismo sentido se ha pronunciado la Sala en otros casos semejantes ( Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 1ª, Sentencia de 20 octubre 2023, Rec. 425/2022; Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 10 noviembre 2022, Rec. 1783/2021; Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 14 junio 2023, Rec.
1263/2021); debiendo destacarse que incluso existen precedentes de allanamiento de la Administración ( Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia de 13 junio 2023, Rec. 408/2022; Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 7 diciembre 2022, Rec. 713/2022; Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia de 5 julio 2023, Rec. 1527/2022).