Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 2 de Santa Cruz de Tenerife de 16 de abril de 2015. Renovación de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia por silencio positivo.
Renovación de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia por silencio positivo y porque la resolución que se impugna está "huérfana de cualquier razonamiento ponderativo de la incidencia de los antecedentes penales en la denegación de la renovación solicitada, no menos cierto es que en el acto de la vista se aportaron certificaciones que acreditaban la inexistencia de dichos antecedentes penales que en su día debieron ser cancelados conforme al artículo 36 del Código Penal. Elocuente definición de orden público.
Fuente: Nuestra felicitación a la letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, Sissi Calvo Rojas
Publicada en Migrarconderechos: