SENTENCIA DEL TS DE 22 DE ENERO DE 2024 . VIA DE HECHO Y VIOLACIÓN DEL ARTÍCULO 15 DE LA C.E . RETORNO A MARRUECOS DE MENORES NO ACOMPAÑADOS
03 febrero 2024
RESUMEN: Vía de hecho y violación del art. 15 de la Constitución. Retorno a Marruecos de menores no acompañados. Entrada masiva e ilegal de doce mil personas en Ceuta los días 17 y 18 de mayo de 2021. Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre la cooperación en materia de prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y su vuelta concertada, de 6 de marzo de 2007. Aplicabilidad del art. 35 de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y de los arts. 191 y siguientes del Real Decreto 557/2011.
(…) Esta Sala considera que la excelente exposición del Ministerio Fiscal sobre el significado y alcance del derecho fundamental a la integridad física y moral, apoyada en un detenido análisis de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, no admite réplica. A la luz de las sentencias por él citadas, es claro que la integridad física y moral es vulnerada también cuando se pone a una persona en serio peligro de sufrir un padecimiento corporal o psíquico; algo que en el presente caso no puede negarse que ocurriera, habida cuenta de que, como verificaron las sentencias de instancia y de apelación, la Administración no hizo ponderación alguna del interés de los menores, ni mucho menos una comprobación de sus circunstancias individuales. Así las cosas, es perfectamente ajustado a Derecho que la sentencia impugnada aprecie una violación del art. 15 de la Constitución
FELICITACIONES Y GRACIAS A la ASOCIACIÓN COORDINADORA DE BARRIOS PARA EL SEGUIMIENTO DE MENORES y la Letrada doña Patricia Fernández Vicens, quien también actúa en calidad de defensora judicial de los menores. Sin ellas la Fiscalía ni se hubiera expresado en ningún término.