Roj: STS 3825/2025 – ECLI:ES:TS:2025:3825
Id Cendoj:28079130052025100189
Fecha:03/09/2025
Nº de Recurso:4425/2023
Nº de Resolución:1107/2025
Procedimiento:Recurso de Casación Contencioso-Administrativo (L.O. 7/2015)
Ponente:JOSE LUIS QUESADA VAREA
QUINTO.- Decisión del caso concreto
La resolución administrativa que está en el origen de este recurso no cumple las básicas condiciones de valoración. Ni motiva la importancia que atribuye al informe gubernativo desfavorable, ni a los hechos que constata, ni considera otras circunstancias relevantes para emitir su decisión, entre ellas el arraigo laboral y familiar en España del solicitante. Estas deficiencias son determinantes de la anulación del acto administrativo,
como hizo correctamente el Juzgado.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia se apoya en la imputación penal que aparece en el informe desfavorable, pero adicionada con los datos suministrados por el auto de libertad provisional don Faustino acordado por el Juzgado de instrucción en el seno de las diligencias penales. En el auto figuran como delitos imputados, además del delito contra la salud pública por tráfico de drogas, los de defraudaciones y daños. La sentencia recurrida aprecia que la afectación de estos hechos a la sociedad «no puede negarse», pero omite analizar la influencia de unas circunstancias personales del apelado significativas de su arraigo y con notoria relevancia para discernir si su presencia en España constituye un riesgo para la seguridad y el orden público. De este modo, infringe la doctrina que hemos expuesto y debe ser casada