Id Cendoj: 02003330022016100141
Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
Sede: Albacete
Sección: 2
Nº de Recurso: 196/2014
Nº de Resolución: 10052/2016
Procedimiento: Recurso de Apelación
Ponente: RICARDO ESTEVEZ GOYTRE
Tipo de Resolución: Sentencia
Así las cosas, continúa diciendo la STS de 27 de noviembre de 2000, que " conforme a esta jurisprudencia de la Unión Europea no es ni siquiera bastante la mera existencia de condenas penales para que, sin más, esté justificada la expulsión ".
A la vista de dicha jurisprudencia, entiende la Sala que las razones que da la Administración para concluir que la actuación del recurrente constituye una amenaza para el orden público y la seguridad ciudadana son estereotipadas, pues en ningún momento se justifica porqué la existencia de la condena penal por un delito de robo con fuerza en las cosas constituye una amenaza actual para el orden público, acudiéndose a otros datos, como los antecedentes policiales, que esta Sala ignora si alguno de ellos ha concluido con sentencia condenatoria, y a otras circunstancias que por sí solas tampoco justificarían la expulsión, como la de no acreditar medios lícitos de subsistencia.
En consecuencia, procede estimar el recurso de apelación, sin perjuicio de que, en caso de constatarse por la Administración apelada que algunos de los procesos penales que se hayan iniciado por los antecedentes policiales a que se refiere el expediente administrativo hayan concluido con sentencia condenatoria, pueda iniciarse otro expediente de expulsión del ciudadano comunitario apelante, donde la Administración habrá de pronunciarse acerca de si las circunstancias que se acrediten en el expediente, y singularmente los delitos por los que hayan sido condenado el apelante, permiten concluir que existe de un comportamiento personal que constituya una amenaza actual para el orden público.