SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO-SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, DE 21.10.2015
DESESTIMA RECURSO DE APELACION ABOGACIA DEL ESTADO Y CONFIRMA SENTENCIA DEL JUZGADO CONTENCIOSO Nº 1 DE BILBAO * DERECHO DEL RECURRENTE A RENOVAR AUTORIZACION DE RESIDENCIA Y TRABAJO PESE NO HABER PODIDO TRABAJAR NI COTIZAR NINGUN DIA DURANTE SU VIGENCIA * EL CIUDADANO EXTRANJERO ES PERCEPTOR DE R.G.I. (RENTA DE GARANTIA DE INGRESOS) Y CONFORME AL ART. 71. 2/D DEL REGLAMENTO DE EXTRANJERIA, EN RELACION CON ART. 38.6/C DE LA LEY DE EXTRANJERIA, CABE DICHA RENOVACION SOLAMENTE POR PERCIBIR UNA PRESTACION ECONOMICA ASISTENCIAL DE CARÁCTER PUBLICO DESTINADA A LOGRAR SU INSERCION SOCIAL O LABORAL, SUPUESTO INDEPENDIENTE DE LOS DEMAS RECOGIDOS EN EL ART. 71 DEL RELOEX
CONDENA EN COSTAS A LA ADMINISTRACION